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  1. 8 de jul. de 2008 · La presunción "iuris et de iure" puede definirse como aquella operación lógica por la que se tiene por acreditado un hecho desconocido a partir de otro sobre cuya existencia no existe duda, por su reconocimiento o prueba, que no admite prueba en contrario.

  2. 1A pesar de la ubicuidad y del uso insistente de la expresión ‘presunción iuris et de iure’ en el discurso jurídico, tanto en el contexto académico cuanto en el judicial, no son pocas las voces que abogan por su supresión. Suelen argüirse dos consideraciones centrales en defensa de esta iniciativa.

  3. Presunción iuris et de iure. Una presunción absoluta, de hecho y de derecho, o iuris et de iure es aquella que se establece por ley y que no admite prueba en contrario, es decir, no permite probar que el hecho o situación que se presume es falso, a diferencia de las presunciones relativas, de ley, de solo derecho, o iuris tantum que se ...

  4. Can. Presunción de derecho y por derecho establecida por la ley, que exime a la parte de probar lo que se presume. El CIC vigente no menciona expresamente ninguna presunción iuris et de iure, pero se sigue considerando que « la cosa juzgada se tiene por verdadera y justa » ( CIC de 1917, c. 1904) es una presunción iuris et de iure en el ...

  5. 25 de jul. de 2019 · Las presunciones legales pueden ser presunción iure et de iure o absoluta que no admiten prueba en contrario y presunción iuris tantum o relativas que admiten prueba en contrario.

  6. El aforismo “iuris et de iure” significa “Por ley y por derecho” y se refiere a la presunción que se establece por Ley y contra la que no cabe prueba en contrario.

  7. La presunción "iuris et de iure" puede definirse como aquella operación lógica por la que se tiene por acreditado un hecho desconocido a partir de otro sobre cuya existencia no existe duda, por su reconocimiento o prueba, que no admite prueba en contrario.