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  1. La nacionalidad colombiana o ciudadanía colombiana es el vínculo civil entre los individuos nacidos en Colombia, hijos de padres colombianos, los nacidos fuera de Colombia hijos de padres colombianos o los que adquieren la nacionalidad por adopción y el Estado colombiano, el cual se encuentra regulado por el artículo 96 de la Constitución de Col...

  2. La nacionalidad es el vínculo jurídico, político y anímico entre una persona y un Estado. La regulación de la nacionalidad compete a la legislación interna de cada Estado, por ende, las condiciones de su adquisición, ejercicio y pérdida están determinadas en el ordenamiento jurídico de cada Estado.

  3. En Colombia, de acuerdo con la Constitución Política (artículo 96) y la Ley 43 de 1993 (artículos 4 y 5), la nacionalidad se puede obtener de dos maneras: 1. Por nacimiento: a) Cuando la persona nace en territorio colombiano y, además, cumple con uno de los siguientes requisitos: • Su padre o madre son colombianos.

  4. 7 de ago. de 2010 · La nacionalidad es el vínculo jurídico, político y anímico entre una persona y un Estado. La regulación de la nacionalidad compete a la legislación interna de cada Nación, por ende, las condiciones de su adquisición, ejercicio y pérdida están determinadas en el ordenamiento jurídico de cada Estado.

  5. www.cancilleria.gov.co › en › nationality-0NATIONALITY | Cancillería

    Naturalization is a sovereign and discretionary act of the President of the Republic by virtue of which Colombian nationality is granted to those requesting it, provided they fulfill the requirements established for this purpose by the Political Constitution and the Law. Requirements. For Latin American or Caribbean citizens by birth:

  6. Nacionalidad. Doble o Múltiple Nacionalidad. La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. (Artículo 96 Constitución Política y Artículo 22 de la Ley 43 de 1993).

  7. Ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. Los nacionales por adopción no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen o adopción.