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  1. La nacionalidad chilena es el vínculo jurídico que liga a una persona física con la República de Chile. Se adquiere de cuatro formas distintas —por consanguinidad ( ius sanguinis ), por territorialidad ( ius soli ), por gracia de ley ( otorgada por el Poder Legislativo ), y por carta de nacionalización ( otorgada por la autoridad ...

  2. 15 de mar. de 2024 · La nacionalidad chilena la pueden obtener las personas extranjeras en los distintos casos que están previstos en la legislación. Este trámite se puede realizar de forma digital. Aquellas personas que lo deseen, también pueden optar a la renuncia de la nacionalidad chilena.

  3. The 1823 constitution primarily established birthright nationals as those born within the country or to nationals of the country, if they resided in the territory, and those born abroad to fathers of Chilean descent or foreign fathers, who were working in the service of the government.

  4. La nacionalidad chilena es el vínculo jurídico que liga a una persona física con la República de Chile. Se adquiere de cuatro formas distintas —por consanguinidad, por territorialidad, por gracia de ley, y por carta de nacionalización — y se encuentra regulada en el Capítulo II de la Constitución Política de la República de Chile.

  5. El artículo 114 de la Propuesta de Nueva Constitución describía taxativamente los requisitos para obtener la nacionalidad chilena. Se mantienen aquellos que hayan nacido en el territorio de Chile, los hijos de padre o madre chilenos, los que obtengan carta de nacionalización y aquellos que obtengan especial gracia de nacionalización por ley.

  6. La Carta de Nacionalización permite a las personas extranjeras, que cumplen con los requisitos legales, adquirir la nacionalidad chilena. Obtenga más información. El trámite está disponible durante todo el año a través del portal de trámites del Servicio Nacional de Migraciones.

  7. tramites.extranjeria.gob.cl › tramites › ver_fichaTramites_extranjeria

    La Carta de Nacionalización es un modo de adquirir la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en el Art. 10 N° 3 de la Constitución Política de la República, la que se materializa en un Decreto Exento firmado por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, por orden del Presidente de la República.